Comunicación, función del parlamento

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Derecho constitucional
  • I. De la voz latina communicare, que tiene diversos significados: 1. hacer a otro partícipe de lo que uno tiene; 2. descubrir, manifestar, hacer saber a uno alguna cosa; 3. consultar, conferir con otros un asunto, tomando su parecer; 4. como acción de trasmitir información de una persona a otra. II. El principio de...

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    I. De la voz latina communicare, que tiene diversos significados: 1. hacer a otro partícipe de lo que uno tiene; 2. descubrir, manifestar, hacer saber a uno alguna cosa; 3. consultar, conferir con otros un asunto, tomando su parecer; 4. como acción de trasmitir información de una persona a otra.

    II. El principio de división de poderes, adoptado en sus constituciones por los sistemas políticos contemporáneos ha creado la necesidad de establecer diversos modos de comunicación formal u oficial entre cada uno de los tres poderes.

    Además, la complejidad de la dirección política de la vida social de los estados, exige a los parlamentos realizar una permanente función de comunicación tanto y durante el proceso de la consulta a la ciudadanía para la formación de una ley como durante la etapa de recopilación de información técnica o especializada relativa a la materia que la ley regule.

    El parlamento proyecta su función de comunicación a una multitud de ámbitos y a un número indeterminado de personas, grupos y organizaciones políticas que integran los factores reales de poder de la comunidad.

    Para establecer una comunicación dialógica, las cámaras se relacionan con:

        1. Sus propios integrantes;

        2. el electorado;

        3. la población en general;

        4. los miembros del Poder Ejecutivo;

        5. los miembros del Poder Judicial;

        6. las instituciones educativas en general y personalidades destacadas;

        7. cada uno de los sectores de la producción;

        8. los líderes y miembros de los partidos políticos;

        9. las agrupaciones civiles; y

        10. los prestadores de servicios.

    En virtud de que el parlamento es un cuerpo vivo de recepción de una compleja gama de informaciones y cuyo dinamismo pone en interelación a sus miembros con los problemas nacionales e internacionales, así como con las formas de resolución de los conflictos que en otros países se producen, la función de comunicación del parlamento se traduce en una actividad principalísima ya que, al recibir y trasmitir información se cierra un proceso dinámico de comunicación y retroalimentación de experiencias parlamentarias.

    Entre las finalidades que la doctrina ha señalado, se encuentran las siguientes:

        1. Propiciar y procurar la realización plena de cada uno de los nacionales y pobladores de un Estado;

        2. promover la acción conjunta de los miembros de la población para solucionar problemas comunes, prevenir posibles riesgos y lograr el bienestar colectivo;

        3. adoptar decisiones que reflejen el querer ser político del pueblo;

        4. contribuir a la politización de la población, propiciando su participación en el proceso de toma de decisiones;

        5. el logro de la expresión racional y verídica los mensajes del Parlamento y la difusión de la información acerca de los acontecimientos trascendentes para la Nación;

        6. informar los problemas que la Nación o algunos de sus sectores deben solucionar, proponiendo las opciones posibles;

        7. orientar la política internacional del gobierno de acuerdo con los intereses mayoritarios de la Nación;

        8. convocar a la población a realizar actividades o aportaciones extraordinarias en casos de emergencias o desastres;

        9. expresar las leyes en forma inteligible para todo el pueblo procurando que posean la mayor claridad y congruencia;

        10. reafirmar los valores permanentes que caracterizan al estado democrático;

        11. mantener la identidad de intereses con sus representados para promover leyes justas que sirvan para resolver conflictos entre diferentes conjuntos de la población y para armonizar las diferencias de intereses que se presenten entre los particulares.

    Las formas de comunicación del parlamento incluyen la oficial, entre poderes y diferentes estados, que generalmente se cumplimenta mediante documentos que se denominan de diferente manera: representaciones, instancias, peticiones de informe, dictámenes resolutivos, acuerdos, decretos, memoriales, circulares, oficios, nota reservada, reportes, etcétera.

    En tanto que los medios que se emplean para comunicarse con la ciudadanía incluyen toda clase de impresos y la utilización de los medios de comunicación masiva; eventualmente, el uso de los llamados medios intermedios.

    III. En la práctica parlamentaria mexicana, las funciones de comunicación del Congreso y de cada una de sus cámaras, con los otros poderes, se encuentra considerado como el ceremonial de comunicación que debe observarse para diferentes actos o ceremonias que se llevan a cabo. Respecto de los actos formales, la comunicación debe ser por escrito, cuando se trate de:

        a) Los actos de nombramiento de las mesas directivas;

        b) de la instalación formal de cada una de las cámaras;

        c) de la clausura de sus trabajos;

        d) de la instalación de la comisión permanente;

        e) así como de la apertura y clausura de los períodos extraordinarios (arts. 25, 28 y 111 de la Ley Orgánica y 24 del Reglamento General del Congreso).

    Existen ciertos actos de comunicación y de información, que deben realizar personalmente los miembros de las cámaras, cuando:

        a) Se informe a los otros poderes de cualquier acto de importancia legal o determinado por la cámara (instalación o clausura de periodos ordinarios o extraordinarios);

        b) para visitar algún miembro de la cámara o al Presidente de la República o de la Suprema Corte que enferme de gravedad o para asistir a sus funerales;

        c) para llevar y presentar ante la Cámara Revisora el expediente de la ley o decreto votado, cuando previamente haya sido calificado de caso grave o de urgente resolución; cuando la cámara envíe a la otra para su revisión una ley aprobada con dispensa de trámites, en cuyo caso la comisión será presidida por el autor del proyecto (arts. 8, 23 y 76 de la Ley Orgánica, 11, 52 y 143 del Reglamento General).

    La comunicación de las leyes siempre debe hacerse por escrito, formando los expedientes con el texto de las mismas y remitiéndolas a la otra cámara o, en su caso al Ejecutivo para los efectos de su promulgación y publicación. Dicha comunicación escrita observa las formalidades de firma y orden de su inscripción y fórmula gramatical.

    Por tradición parlamentaria una de las fórmulas de comunicación más relevante es la comunicación verbal que debe producirse en diversos actos:

        a) Cuando se protesta el cumplimiento de la ley por:

            1. El presidente y miembros de las mesas directivas del colegio electoral y de la Comisión Permanente del Congreso;

            2. el Presidente Constitucional de la República, los diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, agentes diplomáticos, cónsules generales y embajadores;

            3. los gobernadores interinos (arts. 76, 84, 85, 87 y 128 de la Constitución; 7o., 17, 79, 64, 75 y 111 de la Ley Orgánica; 10 y 12 del Reglamento).

        b) cuando se hace uso de la palabra durante eventos o ceremonias, por:

            1. El Presidente de la República al rendir el informe anual;

            2. por cada uno de los miembros de las cámaras para intervenir:

                i) Para contestar el informe del presidente;

                ii) con motivo de la visita de una comisión a otra del Ejecutivo, del Judicial o para agradecer la presencia de comisiones a personalidades internacionales;

                iii) para emitir el voto.

    Independientemente de estas formas de comunicación tradicional, ceremonial o protocolaria, el Congreso Mexicano utiliza actualmente los sistemas más avanzados para videograbar las sesiones, para capturar los discursos o intervensiones orales de los legisladores; almacenar la información proveniente de los debates, imprimirla, publicarla y distribuirla.

    En forma institucional opera un centro de información periodística con sede permanente en cada una de las cámaras en las cuales los representantes de los medios de comunicación procesan la información o declaraciones que recaban en cada una de las cámaras y de sus miembros.

    Por último, las imprentas de las Cámaras, de Diputados y de Senadores, producen una gran cantidad de documentos impresos de distribución pública, mediante la cual se hace del conocimiento de la sociedad las cuestiones de importancia o trascendencia que se ha considerado conveniente dejar compendiadas en libros, folletos o cualquier otro tipo de publicación.

    Bibliografía

    BERLIN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.

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