Cámara de senadores

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Derecho constitucional
  • I. (Vid. supra, Cámara). La voz senador viene del latín senator, -oris. Es uno de los cuerpos legislativos dentro de un sistema bicameral.     Se traduce como Senador en portugués; senate, en inglés; sénat, en francés; oberhaus, senat, en alemán y senato, en italiano. Cuerpo...

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    I. (Vid. supra, Cámara). La voz senador viene del latín senator, -oris. Es uno de los cuerpos legislativos dentro de un sistema bicameral.

        Se traduce como Senador en portugués; senate, en inglés; sénat, en francés; oberhaus, senat, en alemán y senato, en italiano.

    Cuerpo compuesto de personas de ciertas calidades, que en varias naciones tiene por principal cometido ejercer el Poder Legislativo juntamente con otro cuerpo nombrado por elección y con el jefe del Estado (DRAE, 19a. ed.).

    II. El Senado era una asamblea de patricios que formaba el Consejo Supremo de la antigua Roma. Constituía el símbolo de la autoridad emanada de la sabiduría de los más capaces y prestigiados ciudadanos, quienes sancionaban las leyes sometidas a la aprobación del pueblo y los actos de los magistrados. Se aplicó por analogía a ciertas asambleas políticas de algunos estados.

    En los países en los que el Poder Legislativo descansa en dos órganos, el Senado constituye la denominada cámara alta (véase), y la de Diputados la cámara baja. La función que cumple el Senado en los sistemas parlamentarios es de órgano consultivo y se reduce a efectuar observaciones a las propuestas emanadas de los diputados. En los sistemas federales, los senadores suelen representar a las entidades federativas.

    En las repúblicas, la elección de los senadores es similar a la de los diputados, es decir, mediante sufragio directo y secreto de la población. En países con otra forma de gobierno, los senadores pueden ser nombrados por quien ejerce el Poder Ejecutivo o por otras autoridades del estado. En general, el cargo de Senador tiene una connotación de mayor prestigio que la de representante popular y se da el caso de que en algunos países este cargo se confiere en forma honoraria a los ex presidentes en forma vitalicia o se otorga como una distinción a ciudadanos destacados. Generalmente, los senadores permanecen más tiempo en su cargo que los diputados. Al igual que en la Cámara de Diputados, los senadores crean comisiones de trabajo para cumplir con sus atribuciones y eligen una forma de organización que incluye la elección de uno de sus integrantes como presidente o líder de la Cámara.

    La mayor parte de países con sistema bicameral han adoptado el nombre de Senado, tal como se le conocía en la antigua Roma. Tal es el caso de Estados Unidos, Francia, Italia, España, Canadá, Australia, Nueva Zelanda. Organismos que cumplen funciones similares con otro nombre son, en Inglaterra, la Cámara de los Lores; en Suiza el Consejo de los Estados; en Japón la Cámara Alta o Cámara de los Consejeros y en Alemania, Bundesrat o Cámara de Representantes de los Estados Federados (vid. supra, bicamarismo).

    III. En México, la Cámara de Senadores es uno de los órganos del Congreso de la Unión y cumple la función de representar a los estados de la Federación, dando presencia al elemento federal. Está integrada por cuatro miembros representantes de cada uno de los 31 Estados y del Distrito Federal. Tres senadores son electos según el principio de votación mayoritaria relativa y el cuarto es asignado a la primera minoría, en los términos dispuestos por el artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Como organismo colegislador, el Senado posee ciertas facultades exclusivas, por ejemplo, aprobar o rechazar los tratados o convenios internacionales que celebre el Poder Ejecutivo, así como la política exterior que lleve a cabo durante su régimen; ratificar los nombramientos que el Presidente haga de los principales miembros del Servicio Exterior Mexicano; autorizar la salida de tropas nacionales fuera del país; declarar por desaparecidos los Poderes Constitucionales de un Estado y en su caso, nombrar un gobernador provisional.

    Los requisitos para ser integrantes del Senado son los mismos que para ser diputado, a excepción de la edad que debe ser de 30 años cumplidos el día de las elecciones. Los senadores son electos cada seis años y no pueden ser reelectos para el periodo inmediato posterior. Al igual que los diputados, los senadores gozan de inmunidad constitucional (DAVID VEGA VERA).

    Bibliografía

    BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993. 1a. ed.

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Secretaría de Gobernación, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1995.

    El Congreso de los Estados Unidos. Estructura y funcionamiento, Congressional Quarterly, Limusa Noriega Editores, México, 1992, 1a. ed.

    Enciclopedia Barsa, Encyclopaedia Britannica Publishers, México, 1987.

    Enciclopedia Jurídica Omeba, Argentina, Buenos Aires, 1968.

    Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Senado de la República, México, 1994. 

    ROBB A., Louis, Dictionary of legal Terms, Limusa, México, 1982, 12a. reimp.

    TREJO CERDA, Onosandro, Sistema legislativo y formación de las leyes en México, tesis de doctorado en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1994.

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