Honor
-
Por honor se entiende la buena reputación, que se adquiere por la virtud y probidad, así como por la honestidad y recato de la mujer, que es la base de la familia, la cual se integra con la parentela inmediata, padre, madre, cónyuge e hijo...
- PaísMéxico
- TipoTesis aislada
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroHonor, concepto de, en la legislación militar
- ÉpocaOctava
- InstanciaTribunales Colegiados de Circuito
- FuenteSemanario Judicial de la Federación
- NúmeroTomo I, Segunda parte-1, Enero-junio de 1988
- FechaEnero-junio de 1988
- TesisSN
- Registro231409
-
es posible definir al honor como el concepto que la persona tiene de sí misma o que los demás se han formado de ella, en virtud de su proceder o de la expresión de su calidad ética y social. Todo individuo, al vivir en sociedad, tiene el derecho de ser respetado y considerado y, correlativamente, tiene la obligación de respetar a aquellos que ...
es posible definir al honor como el concepto que la persona tiene de sí misma o que los demás se han formado de ella, en virtud de su proceder o de la expresión de su calidad ética y social. Todo individuo, al vivir en sociedad, tiene el derecho de ser respetado y considerado y, correlativamente, tiene la obligación de respetar a aquellos que lo rodean. En el campo jurídico esta necesidad se traduce en un derecho que involucra la facultad que tiene cada individuo de pedir que se le trate en forma decorosa y la obligación de los demás de responder a este tratamiento. Por lo general, existen dos formas de sentir y entender el honor: a) en el aspecto subjetivo o ético, el honor se basa en un sentimiento íntimo que se exterioriza por la afirmación que la persona hace de su propia dignidad; y b) en el aspecto objetivo, externo o social, como la estimación interpersonal que la persona tiene por sus cualidades morales y profesionales dentro de la comunidad. En el aspecto subjetivo, el honor es lesionado por todo aquello que lastima el sentimiento de la propia dignidad. En el aspecto objetivo, el honor es lesionado por todo aquello que afecta a la reputación que la persona merece, es decir, el derecho a que otros no condicionen negativamente la opinión que los demás hayan de formarse de nosotros.
- PaísMéxico
- TipoJurisprudencia
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroDerecho fundamental al honor. Su dimensión subjetiva y objetiva.
- ÉpocaDécima
- InstanciaPrimera Sala
- FuenteGaceta del Semanario Judicial de la Federación
- NúmeroLibro 3, Febrero de 2014, Tomo I
- FechaFebrero de 2014
- Tesis1a./J. 118/2013 (10a.)
- Registro2005523
-
Artículo 13. El honor es la valoración que las personas hacen de la personalidad ético-social de un sujeto y comprende las representaciones que la persona tiene de sí misma, que se identifica con la buena reputación y la fama. El honor es el bien jurídico constituido por las proyecciones psíquicas del sentimiento de estimación que la...
Artículo 13. El honor es la valoración que las personas hacen de la personalidad ético-social de un sujeto y comprende las representaciones que la persona tiene de sí misma, que se identifica con la buena reputación y la fama.
El honor es el bien jurídico constituido por las proyecciones psíquicas del sentimiento de estimación que la persona tiene de sí misma, atendiendo a lo que la colectividad en que actúa considera como sentimiento estimable.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoLocal
- Fecha de Publicación2006-05-19
-
Última Actualización
-
Consultas7295
-
Me gusta5