Trabajo doméstico
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Artículo 1 A los fines del presente Convenio: a) la expresión «trabajo doméstico» designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos; b) ... c) una persona que realice trabajo doméstico únicamente de forma ocasional o esporádica,...
Artículo 1
A los fines del presente Convenio:
a) la expresión «trabajo doméstico» designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos;
b) ...
c) una persona que realice trabajo doméstico únicamente de forma ocasional o esporádica, sin que este trabajo sea una ocupación profesional, no se considera trabajador doméstico.- PaísMultinacional
- Legislación
- TipoInternacional
- Fecha de Publicación2021-07-01
- ObservacionesEl Convenio 189 sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, fue adoptado el dieciséis de junio de dos mil once, en Ginebra, fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el doce de diciembre de dos mil diecinueve. El instrumento de ratificación, fue depositado ante el Director General de la Oficina Internacional del Trabajo, el tres de julio de dos mil veinte. Finalmente, fue promulgado por el Presidente de la República Mexicana el el 1 de julio de 2021.
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Registrado el11/07/2021
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Última Actualización11/07/2021
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