Emplazamiento
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Gramaticalmente, el vocablo emplazamiento significa acción y efecto de emplazar. Por su parte, emplazar alude a "dar a alguien un tiempo determinado para la ejecución de alguna cosa." En derecho, por emplazamiento se puede entender el acto procesal por el que se hace saber a la parte demandada que se ha promovido una demanda en su contra,...
Gramaticalmente, el vocablo emplazamiento significa acción y efecto de emplazar. Por su parte, emplazar alude a "dar a alguien un tiempo determinado para la ejecución de alguna cosa."
En derecho, por emplazamiento se puede entender el acto procesal por el que se hace saber a la parte demandada que se ha promovido una demanda en su contra, y que cuenta con un plazo específico para contestarla, so pena de incurrir en rebeldía.
- Autor de la definición
- TítuloManual del justiciableSubtítuloElementos de Teoría General del ProcesoAutor de la PublicaciónEditorialSuprema Corte de Justicia de la NaciónPoder Judicial de la FederaciónNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ISBN970-712-281.1Página de la definición72 y 73
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Se refiere a la primera notificación de un procedimiento y que por ser inicial, generalmente, la ley exige que se cumplan formalidades que aseguren que el acto o resolución se hace del conocimiento del interesado. En este tipo de notificación cuando no se cumple, o se cumple sin las debidas formalidades, puede dar lugar a una...
Se refiere a la primera notificación de un procedimiento y que por ser inicial, generalmente, la ley exige que se cumplan formalidades que aseguren que el acto o resolución se hace del conocimiento del interesado. En este tipo de notificación cuando no se cumple, o se cumple sin las debidas formalidades, puede dar lugar a una demanda de nulidad del emplazamiento y de las actuaciones posteriores.
El emplazamiento es en sí la notificación del acto jurídico, y generalmente consiste en la entrega el documento o escrito en. que consta el acto jurídico y se le hace saber al notificado el derecho de inconformarse y el plazo que tiene para hacerlo.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho procesal fiscalSubtítuloGuía de estudioAutor de la PublicaciónOctavio Alberto Orellana Wiarco (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición2a.Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2010ISBN0Página de la definición49
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Es el acto procesal destinado a hacer saber al demandado la existencia de la demanda y la posibilidad que tiene de contestarla.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Internacional PrivadoSubtítuloParte GeneralAutor de la PublicaciónLeonel Pereznieto Castro (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de ediciónDécimaLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2014ISBN978-607-4265-547Página de la definición307
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...es un acto formal en virtud del cual se hace saber al demandado la existencia de la reclamación entablada en su contra por el actor, el acuerdo que admite la demanda y el señalamiento de día y hora para la celebración de la primera audiencia de conciliación, demanda y excepciones. Es un acto...
...es un acto formal en virtud del cual se hace saber al demandado la existencia de la reclamación entablada en su contra por el actor, el acuerdo que admite la demanda y el señalamiento de día y hora para la celebración de la primera audiencia de conciliación, demanda y excepciones.
Es un acto jurídico casi sacramental, pues la falta de cualquiera de las formalidades que la ley exige, lo invalida.
A través del emplazamiento, se busca que el demandado conozca en forma directa la acción ejercitada en su contra y el acuerdo de admisión de la Junta que debe contener los datos de identificación del juicio, la feha de la audiencia inicial y los apercibimientos procedentes, precisamente en el domicilio señalado en autos para que en ese lugar se practique la diligencia corrrespondiente.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Procesal del TrabajoAutor de la PublicaciónRafael Tena Suck (Autor/a)Hugo Ítalo Morales (Autor/a)EditorialTrillasNúmero de edición7a.Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2014ISBN978-607-17-1830-3Página de la definición106
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Emplazar, en términos generales, significa conceder un plazo para la realización de determinada actividad procesal. ... la palabra emplazamiento se reserva generalmente para el acto procesal, ejecutado por el notificador (o actuario), en virtud del cual el juzgador hace del conocimiento del demandado la existencia de una...
Emplazar, en términos generales, significa conceder un plazo para la realización de determinada actividad procesal.
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la palabra emplazamiento se reserva generalmente para el acto procesal, ejecutado por el notificador (o actuario), en virtud del cual el juzgador hace del conocimiento del demandado la existencia de una demanda en su contra y del auto que admitió, y le concede un plao para que la conteste.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho procesal civilAutor de la PublicaciónJosé Ovalle Favela (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de ediciónNovenaLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2006ISBN970-613-752-1Página de la definición62
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La palabra emplazar, es una de sus acepciones, significa dar un plazo que el juez le impone al demandado, desde luego con base en la ley para que se apersone al juicio, para que comparezca a dar contestación a la demanda.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho procesal civilAutor de la PublicaciónCipriano Gómez Lara (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de edición6Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación1998TomoColección de textos jurídicos universitariosISBN970-613-276-7Página de la definición51
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Es el acto por el que la autoridad laboral comunica al demandado, por medio de una notificación personal, la existencia de una demanda en su contra, y le concede un plazo para que la conteste.
- Autor de la definición
- TítuloManual de justiciable materia laboralAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial de la FederaciónLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ISBN970-712-311-7Página de la definición46
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El emplazamiento es el acto procesal a través del cual, un funcionario judicial denominado actuario, hace del conocimiento de la parte demandada que se ha interpuesto una demanda en su contra, que ésta ha sido admitida por el Juez para su tramitación, y que cuenta con un plazo para contestarla.
- Autor de la definición
- TítuloManual del justiciable materia civilAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial de la FederaciónLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ISBN970-712-285-4Página de la definición25
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Registrado el25/06/2019
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Última Actualización28/11/2022
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