Derecho de las víctimas
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Esta prerrogativa reconoce y garantiza la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia, que tiene toda persona que, individual o colectivamente, haya sufrido algún daño o menoscabo a consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos...
Esta prerrogativa reconoce y garantiza la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia, que tiene toda persona que, individual o colectivamente, haya sufrido algún daño o menoscabo a consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos; incluyéndose una reparación oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva que comprenderá medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición.
Los mecanismos, medidas y procedimientos aplicables a este derecho fundamental se regirán bajo los principios de dignidad, buena fe, complementariedad, debida diligencia, enfoques diferencial, especializado y transformador, gratuidad, igualdad y no discriminación, integralidad, indivisibilidad e interdependencia, máxima protección, mínimo existencial, no criminalización, participación conjunta, progresividad, publicidad, rendición de cuentas, transparencia, trato preferente y evitando la victimización secundaria.
- Autor de la definición
- TítuloCatálogo para la clasificación de violaciones a derechos humanosAutor de la PublicaciónBaruch F. Delgado Carbajal (Coordinador/a)María José Bernal Ballesteros (Coordinador/a)EditorialComisión de Derechos Humanos del Estado de MéxicoNúmero de edición2a. EdiciónLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2016ISBN978-607-9129-22-4Página de la definición169
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Registrado el09/02/2020
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Última Actualización09/02/2020
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