Igualdad

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Derecho del trabajo
  • … este principio también se encuentra en el artículo 123 Constitucional, en su fracción VII, el cual consigna que para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. Aquí vemos que a ningún trabajador se le debe discriminar por su sexo, raza, género, edad, clase social, etc., toda vez de que todos...

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    … este principio también se encuentra en el artículo 123 Constitucional, en su fracción VII, el cual consigna que para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. Aquí vemos que a ningún trabajador se le debe discriminar por su sexo, raza, género, edad, clase social, etc., toda vez de que todos los individuos son iguales ante las Leyes de la República mexicana ni tan es así el de pagarle un salario menos al de igual jerarquía.

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Derecho constitucional
  • … que implica dar un trato idéntico a todos los gobernados, aun cuando por sus virtudes y vicios, condiciones específicas y particulares, la ley hace una diferencia, sustentada en el principio aristotélico siguiente: “tratar igualmente a los iguales y desigualmente a los desiguales”; así, no puede darse la misma regulación para el...

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    … que implica dar un trato idéntico a todos los gobernados, aun cuando por sus virtudes y vicios, condiciones específicas y particulares, la ley hace una diferencia, sustentada en el principio aristotélico siguiente: “tratar igualmente a los iguales y desigualmente a los desiguales”; así, no puede darse la misma regulación para el comerciante, que para el consumidor, aun cuando a todos los comerciantes se les dará el mismo trato (genérico) entre sí por parte de la autoridad y todos los consumidores son, prima facie, iguales ante la ley;

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Derecho del trabajo
  • ... por igualdad humana se entiende “el tratamiento equiparado que se otorga a las personas que están en las mismas situaciones, condiciones y circunstancias; es no tratar a una persona de manera diferente de la que se trata a otro semejante”; por lo que en el tratamiento al trabajador no habrá distinción de...

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    ... por igualdad humana se entiende “el tratamiento equiparado que se otorga a las personas que están en las mismas situaciones, condiciones y circunstancias; es no tratar a una persona de manera diferente de la que se trata a otro semejante”; por lo que en el tratamiento al trabajador no habrá distinción de raza, sexo, edad, religión, ideas políticas o clase social.

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  • ... la igualdad designa un concepto relacional y no una cualidad intrínseca, ya que es una relación que se da al menos entre dos personas, objetos o situaciones, y siempre es resultado de un juicio que recae sobre una pluralidad de "términos de comparación", los cuales, así como las características que los distinguen, dependen de la...

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    ... la igualdad designa un concepto relacional y no una cualidad intrínseca, ya que es una relación que se da al menos entre dos personas, objetos o situaciones, y siempre es resultado de un juicio que recae sobre una pluralidad de "términos de comparación", los cuales, así como las características que los distinguen, dependen de la determinación por el sujeto que efectúa dicha comparación, según el punto de vista del escrutinio de igualdad. Así, la determinación del punto desde el cual se establece cuándo una diferencia es relevante será libre mas no arbitraria, y sólo a partir de ella tendrá sentido cualquier juicio de igualdad.

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  • Última Actualización
    20/06/2023
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