Tributos fijos

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Derecho fiscal
  • En los tributos fijos el legislador establece la deuda del sujeto pasivo en una suma determinada, por una cifra exacta e invariable; en ellos el mandato de la norma se agota en la especificación de la suma que debe pagarse. En esta clase de tributos no existe parámetro. La determinación de la cuantía de la obligación tributaria en los...

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    En los tributos fijos el legislador establece la deuda del sujeto pasivo en una suma determinada, por una cifra exacta e invariable; en ellos el mandato de la norma se agota en la especificación de la suma que debe pagarse. En esta clase de tributos no existe parámetro. La determinación de la cuantía de la obligación tributaria en los tributos de cuota fija puede producirse en dos formas:

    1° La ley tributaria la establece directamente en su mandato; por ejemplo, la derogada Ley del Timbre que establecía que la expedición de una carta de naturalización ordinaria causaba un impuesto de $ 5,000.00; y que el contrato no especificado, cuando no se expresaba el valor, causaba un impuesto de $ 6.00 si era en escritura pública o de $2.00 si era escrito privado; que el finiquito que no expresaba cantidad causaba un impuesto de $ 10.00, etc.

    2° La ley tributaria señala al sujeto pasivo o a la Administración financiera directrices y limites con arreglo a los cuales debe fijarse la cuantía del tributo.

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