Derecho parlamentario

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Derecho constitucional
  • I. Parlamentario proviene del latín parabolare que significa hablar (DEEH, 1989). Sus correspondientes traducciones son: Parliamentary Law, droit parlamentaire y diritto parlamentario, en inglés, francés e italiano, respectivamente. II. Francisco Berlín Valenzuela ha definido acertadamente al derecho parlamentario ...

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    I. Parlamentario proviene del latín parabolare que significa hablar (DEEH, 1989).

    Sus correspondientes traducciones son: Parliamentary Law, droit parlamentaire y diritto parlamentario, en inglés, francés e italiano, respectivamente.

    II. Francisco Berlín Valenzuela ha definido acertadamente al derecho parlamentario como "el conjunto de normas que crean, establecen, impulsan, garantizan y rigen las acciones de los parlamentos, las interrelaciones sociopolíticas que mantienen con los otros poderes del Estado, los partidos políticos, las instancias de la sociedad civil y los individuos, así como con los valores y principios que animan su existencia institucional y lo motivan a procurar su realización, por haber sido instituidos por el pueblo como expresión de su querer ser político".

    El concepto de derecho legislativo está incluido en el más genérico y omnicomprensivo de derecho parlamentario; el primero se concentra en la organización de los parlamentos como legisladores, mientras que el segundo, además de esta dimensión tradicional y técnica, estudia a los parlamentos en sus interrelaciones con los demás órganos de gobierno y organizaciones sociales, así como en su estructura política con la determinante de los partidos y organizaciones políticos que los forman.

    III. El derecho parlamentario no ha tenido un amplio desarrollo en México debido fundamentalmente a la falta de un cultivo sistemático de esta disciplina. Desde la traducción de las obras de Jeremías Bentham sobre las funciones de los legisladores en el siglo XIX, el término no fue utilizado sino hasta los intentos por implantar el sistema parlamentario de gobierno a partir de la primera década del siglo XX. En los últimos años ha generado un mayor interés por parte de profesores, politólogos y parlamentarios el contenido de este derecho, con motivo de su inclusión como materia de estudio en el programa de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, por lo que el avance que tendrá será considerable, sobre todo a partir de la nueva normatividad electoral y de la entrada de partidos de oposición en los congresos mexicanos, lo que ha propiciado mayor discusión de todas las facultades congresionales.

    Bibliografía

    BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1995, 3a. reimp.

    DEMETER, George, Demeter’s Manual of Parliamentary Law and Procedure, Little, Brown and Company, 1969.

    GARCÍA DE DIEGO, Vicente, Diccionario Etimológico Español e Hispánico, Espasa-Calpe, Madrid, 1989, 3a. ed.

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