Derecho a la vivienda

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Derecho constitucional
  • Es el derecho que garantiza a todo ser humano un espacio destinado a servir de morada, que cuente con los servicios mínimos para mantener y fomentar la salud física y mental, el desarrollo, la privacidad e intimidad de su persona y la de su familia. De acuerdo con la Comisión de Asentamientos Humanos y la Estrategia Mundial ...

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    Es el derecho que garantiza a todo ser humano un espacio destinado a servir de morada, que cuente con los servicios mínimos para mantener y fomentar la salud física y mental, el desarrollo, la privacidad e intimidad de su persona y la de su familia.

    De acuerdo con la Comisión de Asentamientos Humanos y la Estrategia Mundial de Vivienda, el concepto de vivienda adecuada significa disponer de un espacio, seguridad, iluminación y ventilación, una infraestructura básica y una situación en relación con el trabajo y los servicios básicos, todo ello a un costo razonable; es decir, el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad para mantener y fomentar la salud física y mental, el desarrollo, la privacidad e intimidad de las personas.

    Bajo esa premisa, el Estado debe garantizar la seguridad jurídica de la tenencia; la disponibilidad de servicios, materiales, facilidades e infraestructura para la salud, la seguridad y la comodidad ―servicios públicos y de emergencia―; gastos soportables que no comprometan el logro y la satisfacción de otras necesidades básicas; el ofrecimiento de una vivienda que garantice la seguridad física de los ocupantes; un acceso pleno y sostenible a los recursos adecuados para conseguirla; e, incluso, un entorno que les permita la expresión de su identidad cultural.

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  • Última Actualización
    15/02/2020
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