Autoridad ejecutora

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Derecho constitucional
  • ... se recurre al origen de la palabra ejecutora, que proviene del latín "exsecutio-exsecutionis", acabamiento, ejecución, cumplimiento [en especial de una sentencia], ya constatado en español hacia el año mil cuatrocientos treinta y ocho; este vocablo se compone de la preposición latina "ex", que indica origen, procedencia; también puede...

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    ... se recurre al origen de la palabra ejecutora, que proviene del latín "exsecutio-exsecutionis", acabamiento, ejecución, cumplimiento [en especial de una sentencia], ya constatado en español hacia el año mil cuatrocientos treinta y ocho; este vocablo se compone de la preposición latina "ex", que indica origen, procedencia; también puede usarse como un refuerzo que añade idea de intensidad; y el verbo "sequor", seguir; el verbo "exsequor" significa seguir hasta el final, seguir sin descanso, acabar, terminar totalmente una tarea. Así, la autoridad ejecutora es aquella que cuenta con autoridad propia para cumplir algo, ir hasta el final; luego, para los efectos del amparo, será la que ejecuta o trata de ejecutar la ley o el acto reclamado, es decir, aquella que lleva a cabo el mandato legal o la orden de la autoridad responsable ordenadora o decisoria, hasta sus últimas consecuencias porque es la que tiene el carácter de subalterna que ejecuta o trata de ejecutar o ya ejecutó el acto reclamado dictado por la autoridad ordenadora, ya que conforme a las facultades y obligaciones que la ley le confiere le corresponde el cumplimiento de la sentencia, esto es, la actuación inmediata tendente a acatar el fallo definitivo acorde a las consideraciones y resolutivos que contenga.

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