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Derecho constitucional
  • I. Del latín articulos, artos, artejo, articulación "enlace, unión, coyuntura"; del indoeuropeo ar-tu "ajustado, encajado" BDELE; cada una de las disposiciones numeradas en forma consecutiva, dentro del cuerpo de un tratado, una ley, un reglamento (DRAE, 19a. ed.). En alemán, artikel;...

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    I. Del latín articulos, artos, artejo, articulación "enlace, unión, coyuntura"; del indoeuropeo ar-tu "ajustado, encajado" BDELE; cada una de las disposiciones numeradas en forma consecutiva, dentro del cuerpo de un tratado, una ley, un reglamento (DRAE, 19a. ed.).

    En alemán, artikel; portugués artículo; en inglés y francés article; y en italiano articolo.

    Por lo general, cada artículo contiene una hipótesis normativa. Esta estructura permite que contemple una o varias modalidades de un concepto unitario, o una o varias consecuencias normativas, a través del desmembramiento de su texto en otras subdivisiones, como pueden ser párrafos, fracciones o incisos, atendiendo a los requerimientos de claridad indispensables para la correcta comprensión y aplicación de la ley.

    En el Derecho Procesal se llama artículo a cualquiera de las preguntas de un interrogatorio; a la excepción previa que opone alguna de las partes para retardar el curso de la causa principal; y se le equipara con precepto o incidente.

    II. En la legislación escrita de la modernidad, los artículos constituyen una forma sistemática y ordenada de organizar el contenido de un cuerpo normativo, que tiene como uno de sus requisitos indispensables, una adecuada conformación. El propósito de los artículos es doble: por una parte, dividen en piezas el cuerpo normativo de que se trate y, por otra, le dan unidad, estableciendo de esta manera una estructura interna organizada que refleja la armonía entre las partes y el todo.

    En la Constitución de la República de Cuba, por ejemplo, los 141 artículos, numerados en forma cardinal están ordenados bajo doce capítulos identificados con números romanos. El texto original y vigente de la Constitución de los Estados Unidos de América está integrada por siete artículos identificados con números romanos, y cada uno de ellos está dividido en secciones. Estas equivaldrían en otro lenguaje, al concepto de apartado. Las 26 enmiendas que se le han adicionado a la Constitución siguen el mismo criterio de numeración e identificación.

    III. En los cuerpos normativos de México, el artículo corresponde a cada una de las fragmentaciones que se aplican a un código, un reglamento, o una ley, constituye la división elemental y fundamental; es decir, es la unidad básica en la estructura de sus disposiciones, ordenadas numéricamente.

    Bibliografía

    CAMPOSECO CADENA, Miguel Ángel, Manuales elementales de técnicas y procedimientos legislativos, edición del autor, México, 1990, 1a. ed.

    Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1970, 19a. ed.

    Gran Enciclopedia del Mundo, Durván, Bilbao, 1970, 7a. reimp.

    MADERO ESTRADA, José Miguel, Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit. Comentada, edición del autor, Tepic, Nayarit, México, 1993 1a. ed.

    SMITH, James Frank (coord.), Derecho Constitucional Comparado México-Estados Unidos, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 1a. ed., 2 t.

    TREJO CERDA, Onosandro, Sistema legislativo y formación de las leyes en México, tesis de doctorado en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1994.

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