Antijuridicidad

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Derecho penal
  • La antijuricidad de un comportamiento típico se define como la realización del tipo no amparada por causas de justificación: todo comportamiento típico será antijurídico a menos que esté autorizado por una causa de justificación. Esto rige tanto para un delito de comisión como para uno de omisión. En la práctica se presentarán con...

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    La antijuricidad de un comportamiento típico se define como la realización del tipo no amparada por causas de justificación: todo comportamiento típico será antijurídico a menos que esté autorizado por una causa de justificación. Esto rige tanto para un delito de comisión como para uno de omisión. En la práctica se presentarán con mayor frecuencia casos de estado de necesidad por colisión de deberes: el deber de garante (que impone la realización de la acción tendente a evitar el resultado) y otro deber que en el mismo momento imponga al autor otro comportamiento excluyente de este. A este respecto sólo cabe apuntar al margen que la teoría más moderna admite la existencia de un estado de necesidad justificante en los casos de colisión de deberes de igual jerarquía, pues, se afirma con razón, que quien de todos modos cumple con un deber no obra antijurídicamente. Este punto de vista es válido inclusive en aquellos códigos penales que regulan el estado de necesidad por colisión de bienes atribuyéndole efecto justificante sólo a la acción que sacrifica el bien menor para salvar al mayor. La diferencia de soluciones radica la naturaleza de la colisión de deberes.

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  • Representa un juicio de valor que recae sobre una conducta humana, e indica que esta es contraria a las exigencias del ordenamiento jurídico. En efecto, la antijuridicidad es la contradicción de una relación típica con el ordenamiento jurídico en su conjunto, no solo con una norma aislada.

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  • Antijuridicidad es contrariedad al derecho. Se trata de un juicio negativo de valor que recae sobre un comportamiento contrario a las exigencias del ordenamiento jurídico. La antijuridicidad es un predicado de la conducta, una cualidad o propiedad que se le atribuye a la acción típica para precisar que es contraria al...

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    Antijuridicidad es contrariedad al derecho. Se trata de un juicio negativo de valor que recae sobre un comportamiento contrario a las exigencias del ordenamiento jurídico.
    La antijuridicidad es un predicado de la conducta, una cualidad o propiedad que se le atribuye a la acción típica para precisar que es contraria al ordenamiento jurídico, a diferencia de lo injusto, que es un sustantivo que se utiliza para denominar a la acción típica luego de que es calificada como antijurídica: es el objeto de valoración de la antijuridicidad.

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Derecho penal
  • Es vulberar el interés del Estado plasmado en la norma penal y conocido como bien jurídico tutelado; lo contrario a derecho. dicho de otra manera la antijuridicidad es actuar en contra del derecho. Todo delito es antijurídico porque atenta contra lo establecido en la norma penal, a menos que exista una causa que justifique ese ...

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    Es vulberar el interés del Estado plasmado en la norma penal y conocido como bien jurídico tutelado; lo contrario a derecho. dicho de otra manera la antijuridicidad es actuar en contra del derecho. Todo delito es antijurídico porque atenta contra lo establecido en la norma penal, a menos que exista una causa que justifique ese actuar.

    Existen dos tipos de antijuridicidad: la material y la formal. La material es propiamente lo contrario a derecho; la formal es la violación de una norma emanada del Estado.

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  • Última Actualización
    19/04/2023
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