Agencia de Medios o Agencia
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Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I. Agencia de Medios o Agencia: Persona física o moral cuya actividad principal es la creación, diseño, planificación y ejecución de campañas publicitarias, así como la contratación de espacios publicitarios por...
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Agencia de Medios o Agencia: Persona física o moral cuya actividad principal es la creación, diseño, planificación y ejecución de campañas publicitarias, así como la contratación de espacios publicitarios por cuenta y orden de anunciantes;
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoGeneral
- Fecha de Publicación2021-06-03
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Registrado el16/06/2021
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Última Actualización16/06/2021
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