Subordinación (Principio de División de Poderes)
-
Se traduce en el más grave nivel de violación al principio de división de poderes, ya que no sólo implica que un poder no pueda tomar autónomamente sus decisiones, sino que además debe someterse a la voluntad del poder subordinante; la diferencia con la dependencia es que mientras en ésta el poder dependiente puede optar por evitar la...
Se traduce en el más grave nivel de violación al principio de división de poderes, ya que no sólo implica que un poder no pueda tomar autónomamente sus decisiones, sino que además debe someterse a la voluntad del poder subordinante; la diferencia con la dependencia es que mientras en ésta el poder dependiente puede optar por evitar la imposición por parte de otro poder, en la subordinación el poder subordinante no permite al subordinado un curso de acción distinto al que le prescribe.
- PaísMéxico
- TipoControversia constitucional
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroDivisión de Poderes. Para evitar la vulneración a este principio existen prohibiciones implÃcitas referidas a la no intromisión, a la no dependencia y a la no subordinación entre los poderes públicos de las Entidades Federativas.
- ÉpocaNovena.
- InstanciaPleno.
- FuenteSemanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
- FechaSeptiembre de 2004.
- TesisP./J. 80/2004
- Registro180648
-
Registrado el18/03/2019
-
Última Actualización18/03/2019
-
Consultas1465
-
Me gusta4