Resoluciones que ponen fin al juicio
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[...] Tanto la doctrina como el legislador coinciden en que por resolución que pone fin al juicio debe entenderse, aquellas que sin decidir el juicio en lo principal, lo dan por terminado y respecto de las cuales las leyes comunes no conceden ningún recurso ordinario en su contra por lo que pueden ser modificadas o revocadas, por tanto...
[...] Tanto la doctrina como el legislador coinciden en que por resolución que pone fin al juicio debe entenderse, aquellas que sin decidir el juicio en lo principal, lo dan por terminado y respecto de las cuales las leyes comunes no conceden ningún recurso ordinario en su contra por lo que pueden ser modificadas o revocadas, por tanto indispensable es la reunión de todas estas características para que puedan ser consideradas como tales. De esta forma participan así dichas resoluciones de algunas de las características que contienen también las sentencias definitivas.
- PaísMéxico
- TipoTesis aislada
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroResolución que pone fin al juicio. Su significado conforme a las reformas de la Ley de Amparo
- ÉpocaOctava
- InstanciaTribunales Colegiados de Circuito
- FuenteSemanario Judicial de la Federación
- NúmeroTomo IV, Segunda Parte-1
- FechaJulio-Diciembre de 1989
- TesisSN
- Registro227370
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Artículo 46. [...][...][...], se entenderán por resoluciones que ponen fin al juicio, aquéllas que sin decidir el juicio en lo principal, lo dan por concluido, y respecto de las cuales las leyes comunes no concedan ningún recurso ordinario por virtud del cual puedan ser modificadas o revocadas....
Legislación Derogada
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1936-01-10
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Registrado el15/12/2018
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Última Actualización21/12/2018
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