Principio de subsidiariedad

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Derecho constitucional
  • La subsidiariedad implica una concepción clara de la sociedad y de los diversos sistemas sociales, principalmente el político; dentro de éste se reconoce una estructura escalonada que va desde el municipal, pasando por el provincial hasta el nacional. Cada uno de estos últimos es subsidiario de la sociedad y de los otros que ocupan el...

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    La subsidiariedad implica una concepción clara de la sociedad y de los diversos sistemas sociales, principalmente el político; dentro de éste se reconoce una estructura escalonada que va desde el municipal, pasando por el provincial hasta el nacional. Cada uno de estos últimos es subsidiario de la sociedad y de los otros que ocupan el escalón inmediatamente inferior. Quiere esto decir que cada escalón suple o fortalece al anterior exclusivamente en las acciones y responsabilidades que este último no puede ejercer por sí mismo. De este modo la sociedad debe tener al máximo alcance en su actuación, y la organización política nacional sólo lo que ni la sociedad ni lo provincial ni municipal pueden resolver.

    Se ha considerado este principio como parte de la ética protestante, aunque la escolástica defendió en su época la libertad de la sociedad. Fue durante la Reforma que el principio adquirió importancia política como consecuencia del surgimiento de la conciencia de la sociedad civil frente a las tendencias centralizadoras del absolutismo y de la Iglesia católica. El principio se perfila como base de la estructura social y política en una jerarquía familiar, provincial y nacional en la Política Methodice Digesta de Johannes Atlhusius en la segunda década del siglo XVII.

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Derecho internacional
  • ... lo que se conoce en el derecho internacional de los derechos humanos como el principio de subsidiariedad, consistente en que no obstante la existencia de normas y procedimientos internacionales para la protección y defensa de los derechos humanos, es a los Estados a quienes corresponde, en primera instancia, respetar y hacer respetar tales...

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    ... lo que se conoce en el derecho internacional de los derechos humanos como el principio de subsidiariedad, consistente en que no obstante la existencia de normas y procedimientos internacionales para la protección y defensa de los derechos humanos, es a los Estados a quienes corresponde, en primera instancia, respetar y hacer respetar tales derechos en el ámbito de su jurisdicción, y sólo cuando a nivel interno no se ha brindado una protección adecuada y efectiva, la jurisdicción internacional debe ejercer su competencia.

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