Principio de rogación

Mostrar
Derecho civil
  • La inscripción en el Registro Público de la Propiedad se realiza a instancia de parte y nunca de oficio. Es potestativo solicitar la inscripción o cancelación de los derechos reales. Posesión, gravámenes y limitaciones. Este principio está estrechamente ligado con el de consentimiento, pues en la mayoría de los casos, la petición de...

    Leer más

    La inscripción en el Registro Público de la Propiedad se realiza a instancia de parte y nunca de oficio. Es potestativo solicitar la inscripción o cancelación de los derechos reales. Posesión, gravámenes y limitaciones. Este principio está estrechamente ligado con el de consentimiento, pues en la mayoría de los casos, la petición de inscripción debe ser hecha por el titular registral.

    Leer menos

Derecho civil
  • Artículo 12. La función registral se prestará con base en los principios registrales contenidos en esta Ley y el Código, los cuales se enuncian a continuación de manera enunciativa más no limitativa: Rogación: Es un principio que implica que el Registrador no puede actuar de oficio sino a petición o instancia de parte interesada....

    Leer más

    Artículo 12. La función registral se prestará con base en los principios registrales contenidos en esta Ley y el Código, los cuales se enuncian a continuación de manera enunciativa más no limitativa:

    1. Rogación: Es un principio que implica que el Registrador no puede actuar de oficio sino a petición o instancia de parte interesada.

    Leer menos


    Legislación Derogada


  • Última Actualización
  • Consultas
    3472
  • Me gusta
    0
Libro Destacado
    Autor/a Destacado/a