Principio de autoridad formal de la ley
-
Del carácter formal del acto legislativo se deriva el principio de la "autoridad formal de la ley" que significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no pueden ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo Poder y siguiendo los mismos procedimientos seguidos para la formación de la resolución...
Del carácter formal del acto legislativo se deriva el principio de la "autoridad formal de la ley" que significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no pueden ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo Poder y siguiendo los mismos procedimientos seguidos para la formación de la resolución primitiva.Este principio se encuentra consignado en forma expresa en la fracción f) del artículo 72 de la Constitución, así redactada: "En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación".
- Autor de la definición
- TítuloDerecho AdministrativoAutor de la PublicaciónGabino Fraga (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición46Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2007ISBN970-07-6821-XPágina de la definición38
-
Última Actualización
-
Consultas6811
-
Me gusta5