Presunción

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Derecho procesal
  • Es lo que la ley o el juez deducen a partir de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido. El primer caso se denomina presunción legal y el segundo presunción humana. Los hechos afirmados por autoridad en documentos públicos, sólo prueban plenamente que ante la autoridad que los expidió se...

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    Es lo que la ley o el juez deducen a partir de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido. El primer caso se denomina presunción legal y el segundo presunción humana. Los hechos afirmados por autoridad en documentos públicos, sólo prueban plenamente que ante la autoridad que los expidió se hicieron declaraciones o manifestaciones, pero no prueban la verdad de lo declarado o manifestado.

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Derecho procesal
  • presunción viene de la preposición latina prae y del verbo summo, y significa tomar anticipadamente las cosas. En este sentido la presunción jurídica debe entenderse como la inferencia o la conclusión que se tiene acerca de las cosas o de los hechos, aun antes de que éstos se demuestren o...

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    presunción viene de la preposición latina prae y del verbo summo, y significa tomar anticipadamente las cosas. En este sentido la presunción jurídica debe entenderse como la inferencia o la conclusión que se tiene acerca de las cosas o de los hechos, aun antes de que éstos se demuestren o aparezcan por sí mismos.

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Derecho penal
  • Por "presunción" se entiende la consecuencia que la ley o el Juez deducen de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido, mediante un razonamiento subordinado a los principios fundamentales de la lógica. Las presunciones son, por tanto, legales o humanas. Las primeras, como su nombre lo expresa, derivan de la ley; las...

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    Por "presunción" se entiende la consecuencia que la ley o el Juez deducen de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido, mediante un razonamiento subordinado a los principios fundamentales de la lógica. Las presunciones son, por tanto, legales o humanas. Las primeras, como su nombre lo expresa, derivan de la ley; las segundas, son consecuencias que el juzgador deduce de hechos inobjetables.

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Derecho fiscal
  • Las presunciones en materia tributaria forman parte de las medidas o alternativas para luchar contra la elusión fiscal, el fraude y el lavado de dinero. Su mecánica consiste en relevar o dispensar de prueba a cierto sujeto y trasladarla a otro diverso que, de no satisfacer esa carga procesal, la presunción surte plenamente sus efectos de...

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    Las presunciones en materia tributaria forman parte de las medidas o alternativas para luchar contra la elusión fiscal, el fraude y el lavado de dinero. Su mecánica consiste en relevar o dispensar de prueba a cierto sujeto y trasladarla a otro diverso que, de no satisfacer esa carga procesal, la presunción surte plenamente sus efectos de imputación. En ese contexto, la realidad y la verosimilitud de la sustancia económica son los elementos determinantes para considerar tributariamente gravables o deducibles determinados acontecimientos; de ahí que con las presunciones se busca evitar las prácticas abusivas y los comportamientos consistentes en crear montajes artificiales carentes de realidad económica, con el solo propósito de obtener beneficios indebidos.

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Derecho procesal
  • Artículo 1277. Presunción es la consecuencia que la ley o el juez deducen de un hecho conocido, para averiguar la verdad de otro desconocido: la primera se llama legal, y la segunda humana.

Derecho procesal
  • Última Actualización
    29/06/2023
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