Jurisdicción personal
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La jurisdicción personal (personal jurisdiction) ofrece fundamentos para el reconocimiento del poder reglamentario del Estado sobre sus nacionales (y en un ámbito más limitado también sobre los extranjeros que se encuentran dentro de su territorio).
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Internacional PúblicoAutor de la PublicaciónMatthias Herdegen (Autor/a)EditorialFundación Konrad AdenauerNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2005ISBN970-32-2270-6Página de la definición192
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