Jornada reducida
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Es un tipo especial de jornada aplicable a los menores de 16 años, que tiene como duración máxima la de seis horas.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Laboral IAutor de la PublicaciónRodolfo Gómez Aranda (Autor/a)EditorialRed Tercer MilenioNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2012ISBN978-607-733-127-8Página de la definición106
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