Ingresos ordinarios

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Derecho fiscal
  • Son ingresos originarios aquellos que tienen su origen en el propio patrimonio del Estado, como consecuencia de su explotación directa o indirecta.Los ingresos originarios coinciden con el tipo de ingreso llamado "producto" por el CFF 1981 (Art. 3), que los define como "las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus...

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    Son ingresos originarios aquellos que tienen su origen en el propio patrimonio del Estado, como consecuencia de su explotación directa o indirecta.Los ingresos originarios coinciden con el tipo de ingreso llamado "producto" por el CFF 1981 (Art. 3), que los define como "las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado".

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