Delito flagrante
Mostrar
-
Por flagrante delito no sólo debe entenderse el momento actual en que el infractor de la ley realiza el acto antijurídico que puede y debe motivar su aprehensión por cualquier persona, en términos del artículo 16 constitucional, cuanto más por agentes de la Policía Judicial Federal, sino también los inmediatamente posteriores a su ejecución.
- PaísMéxico
- TipoTesis aislada
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroFlagrante delito, ampliación del concepto de.
- ÉpocaOctava
- InstanciaTribunales Colegiados de Circuito
- FuenteSemanario Judicial de la Federación
- NúmeroTomo IX, Abril de 1992
- FechaAbril de 1992
- TesisSN
- Registro219725
-
Última Actualización
-
Consultas3306
-
Me gusta5
Libro Destacado
Autor/a Destacado/a