Correspondencia

Mostrar
Derecho administrativo
  • Correspondencia son las cartas o comunicaciones manuscritas o mecanografiadas por cualquier medio, en cualquier idioma y aun en clave, que una persona envía a otra, dentro de la misma población o a otra distinta, dentro o fuera de la Republica, sea cual sea el asunto de que trate; por tanto, no incluye los anónimos ni los boletines, los...

    Leer más

    Correspondencia son las cartas o comunicaciones manuscritas o mecanografiadas por cualquier medio, en cualquier idioma y aun en clave, que una persona envía a otra, dentro de la misma población o a otra distinta, dentro o fuera de la Republica, sea cual sea el asunto de que trate; por tanto, no incluye los anónimos ni los boletines, los periódicos, las revistas, los libros y demás publicaciones que no tienen un destinatario personal, sino que están destinadas al conocimiento del público en general.

    Leer menos

Derecho administrativo
  • Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    ...

    Correspondencia. La contenida en sobre cerrado y tarjetas postales, que se ajuste a las normas previstas en la presente Ley y en las disposiciones reglamentarias que al efecto se expidan.

  • Última Actualización
  • Consultas
    5622
  • Me gusta
    3
Libro Destacado
    Autor/a Destacado/a