Consumación material
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El delito agotado o consumación material: se presenta cuando el sujeto
-además de realizar lo exigido por el tipo penal-- consigue el fin perseguido. Esta etapa es punible y puede ser atenuante o agravante, dependiendo del hecho.- Autor de la definición
- TítuloTeoría del derecho penalAutor de la PublicaciónFelipe Villavicencio T. (Autor/a)EditorialFondo Editorial PUCPNúmero de edición1Lugar de publicaciónPerúAño de publicación2019ColecciónLo esencial del derechoISBN978-612-317-232-9Página de la definición95
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Registrado el29/03/2023
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Última Actualización29/03/2023
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