Aranceles

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Derecho fiscal
Derecho mercantil
Comercio exterior
  • Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser: 1) Ad valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía. 2)Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida. ...

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    Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser:
    1) Ad valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía.
    2)Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida.
    3)Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos anteriores. Según el tipo de operación comercial, los aranceles pueden ser de exportación y de importación, y según el país de que se trate, los aranceles pueden ser de tres tipos:

    • Preferente.
    • Diferencial.
    • General.

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Derecho internacional
  • Artículo 12. Para efectos de esta Ley, los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser:Ad-valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía.Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida, yMixtos,...

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    Artículo 12. Para efectos de esta Ley, los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser:

    1. Ad-valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía.
    2. Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida, y
    3. Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos anteriores.

    Artículo 13. Los aranceles a que se refiere el artículo anterior podrán adoptar las siguientes modalidades:

    1. Arancel-cupo, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto;
    2. Arancel estacional, cuando se establezcan niveles Las demás que señale el Ejecutivo Federal. distintos para diferentes períodos del año, y
    3. Las demás que señale el Ejecutivo Federal.

    Artículo 14. Podrán establecerse aranceles diferentes a los generales previstos en las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación cuando así lo establezcan tratados o convenios comerciales internacionales de los que México sea parte.

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  • Última Actualización
    23/05/2023
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