Abstencionismo Electoral

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Derecho electoral
  • La abstención, término que deriva de la voz latina abstentio, es un no hacer o no obrar que normalmente no produce efecto jurídico alguno, aunque en ocasiones puede ser considerada como la exteriorización de una determinada voluntad y, en tal sentido, ser tenida en cuenta por el Derecho.  En el ámbito...

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    La abstención, término que deriva de la voz latina abstentio, es un no hacer o no obrar que normalmente no produce efecto jurídico alguno, aunque en ocasiones puede ser considerada como la exteriorización de una determinada voluntad y, en tal sentido, ser tenida en cuenta por el Derecho. 

    En el ámbito electoral, el abstencionismo consiste simplemente en la no participación en la votación de quienes tienen derecho a ello. Es un no hacer que no tiene consecuencias jurídicas para el titular del derecho de sufragio, salvo en aquellos ordenamientos en que se configura como un deber jurídico y, por tanto, resulta exigible. 

    El abstencionismo electoral es el indicador negativo de la participación política: muestra el porcentaje de los no votantes sobre el total de los que tienen derecho de voto. El mayor o menor porcentaje de abstención electoral puede condicionar el resultado y beneficiar o perjudicar determinadas entidades políticas que, en razón de ello, promueven- siempre la movilización de sus votantes y, en ocasiones, la des- movilización- de sus oponentes. 

    El abstencionismo electoral se plantea desde perspectivas distintas en los regímenes autoritarios y en los democráticos. En los primeros, la decisión de no votar es generalmente la expresión pública de la oposición política y suele configurarse como una infracción e incluso como un delito. En los regímenes democráticos obedece a un conjunto de motivaciones individuales que se examinan más adelante.

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