Unidades de manejo para la conservación de vida silvestre

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Derecho administrativo
  • Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: ... Unidades de manejo para la conservación de vida silvestre: Los predios e instalaciones registrados que operan de conformidad con un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones o ejemplares que ahí se...

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    Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

    ...

    1. Unidades de manejo para la conservación de vida silvestre: Los predios e instalaciones registrados que operan de conformidad con un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones o ejemplares que ahí se distribuyen.

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