Unidad Médica Receptora de Residentes

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Derecho del trabajo
  • Artículo 353 A. Para los efectos de este Capítulo, se entiende por: Unidad Médica Receptora de Residentes, el establecimiento hospitalario en el cual se pueden cumplir las Residencias, que para los efectos de los artículos 161 y 164 del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, exige la especialización de los profesionales de la...

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    Artículo 353 A. Para los efectos de este Capítulo, se entiende por:

    1. Unidad Médica Receptora de Residentes, el establecimiento hospitalario en el cual se pueden cumplir las Residencias, que para los efectos de los artículos 161 y 164 del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, exige la especialización de los profesionales de la Medicina;

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