Sujeto pasivo obligado solidario
-
Se le define como la persona, física o moral, nacional o extranjera, que en virtud de haber establecido una determinada relación de tipo jurídico con el sujeto pasivo obligado directo, por disposición expresa de la Ley tributaria aplicable, adquiere concomitantemente con dicho obligado directo y a elección del Fisco, la obligación de cubrir...
Se le define como la persona, física o moral, nacional o extranjera, que en virtud de haber establecido una determinada relación de tipo jurídico con el sujeto pasivo obligado directo, por disposición expresa de la Ley tributaria aplicable, adquiere concomitantemente con dicho obligado directo y a elección del Fisco, la obligación de cubrir un tributo originalmente a cargo del propio contribuyente directo.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho FiscalAutor de la PublicaciónAdolfo Arrioja Vizcaíno (Autor/a)EditorialThemisNúmero de edición17Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ColecciónTextos UniversitariosISBN970-28-0182-6Página de la definición192 y 193
-
Última Actualización
-
Consultas3890
-
Me gusta0