Subrogación convencional consentida

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Derecho civil
  • La subrogación convencional consentida por el acreedor es un modo de transmitir las obligaciones a título particular, entre vivos y cambiando al acreedor que se llama subrogante y un tercero llamado subrogado, por el cual el acreedor subrogante transmite al tercero subrogado los derechos que tiene en contra de su deudor, a cambio del pago que le ...

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    La subrogación convencional consentida por el acreedor es un modo de transmitir las obligaciones a título particular, entre vivos y cambiando al acreedor que se llama subrogante y un tercero llamado subrogado, por el cual el acreedor subrogante transmite al tercero subrogado los derechos que tiene en contra de su deudor, a cambio del pago que le hace el tercero subrogado y los transmite en la medida del pago que recibió; por tanto, el tercero subrogado sólo podrá cobrar al deudor lo que pago al acreedor subrogante y no el importe total del crédito en el caso de haber pagado una suma inferior.

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