Sociedades cooperativas de consumidores

Mostrar
Derecho económico
  • Artículo 22. Son sociedades cooperativas de consumidores, aquéllas cuyos miembros se asocien con el objeto de obtener en común artículos, bienes y/o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción.

  • Última Actualización
  • Consultas
    1278
  • Me gusta
    1
Libro Destacado
    Autor/a Destacado/a