Sociedad controladora filial

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Derecho mercantil
  • Artículo 15-A. Para efectos de esta Ley se entenderá por: Sociedad Controladora Filial: La sociedad mexicana autorizada para constituirse y operar como sociedad controladora en los términos de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y en cuyo capital participe una Institución Financiera del Exterior....

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    Artículo 15-A. Para efectos de esta Ley se entenderá por:

    1. Sociedad Controladora Filial: La sociedad mexicana autorizada para constituirse y operar como sociedad controladora en los términos de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y en cuyo capital participe una Institución Financiera del Exterior.

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    Legislación Derogada


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