Restauración
Mostrar
-
Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
- Restauración: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales;
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1988-01-28
-
Última Actualización
-
Consultas3467
-
Me gusta0
Libro Destacado
Autor/a Destacado/a