Reserva de derechos

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Propiedad intelectual
  • Constituyen derechos de carácter especial dentro de la propiedad intelectual, que se traducen en el privilegio de utilizar en forma exclusiva títulos para publicaciones o difusiones periódicas; nombres para ser aplicados a personajes, ya sean éstos ficticios, simbólicos o humanos de caracterización; nombres o denominaciones que servirán...

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    Constituyen derechos de carácter especial dentro de la propiedad intelectual, que se traducen en el privilegio de utilizar en forma exclusiva títulos para publicaciones o difusiones periódicas; nombres para ser aplicados a personajes, ya sean éstos ficticios, simbólicos o humanos de caracterización; nombres o denominaciones que servirán para distinguir personas o grupos dedicados a actividades artísticas, así como el nombre o denominación con el que se llevarán a cabo promociones publicitarias. Es importante aclarar que, tratándose de personajes y de promociones publicitarias, la protección que se adquiere no solamente recae sobre el nombre o denominación que pretenda reservarse, sino las características físicas o psicológicas para los primeros y, sobre las características de operación originales, para las segundas.

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Propiedad intelectual
  • Artículo 173. La reserva de derechos es la facultad de usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas, o características de operación originales aplicados, de acuerdo con su naturaleza, a alguno de los siguientes géneros:Publicaciones periódicas: Editadas en partes...

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    Artículo 173. La reserva de derechos es la facultad de usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas, o características de operación originales aplicados, de acuerdo con su naturaleza, a alguno de los siguientes géneros:

    1. Publicaciones periódicas: Editadas en partes sucesivas con variedad de contenido y que pretenden continuarse indefinidamente;
    2. Difusiones periódicas: Emitidas en partes sucesivas, con variedad de contenido y susceptibles de transmitirse;
    3. Personajes humanos de caracterización, o ficticios o simbólicos;
    4. Personas o grupos dedicados a actividades artísticas, y
    5. Promociones publicitarias: Contemplan un mecanismo novedoso y sin protección tendiente a promover y ofertar un bien o un servicio, con el incentivo adicional de brindar la posibilidad al público en general de obtener otro bien o servicio, en condiciones más favorables que en las que normalmente se encuentra en el comercio; se exceptúa el caso de los anuncios comerciales.

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