Registro de participantes de partido
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Es el procedimiento a través del cual los partidos políticos ejercen su derecho para acreditar hasta dos representantes propietarios y un suplente ante cada mesa directiva de casilla, así como representantes generales propietarios. Se busca que los partidos puedan supervisar los actos que se realicen el día de la jornada electoral y, en su...
Es el procedimiento a través del cual los partidos políticos ejercen su derecho para acreditar hasta dos representantes propietarios y un suplente ante cada mesa directiva de casilla, así como representantes generales propietarios. Se busca que los partidos puedan supervisar los actos que se realicen el día de la jornada electoral y, en su caso, hacer constar los incidentes que se susciten, así como formular escritos de protesta.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho electoral mexicanoAutor de la PublicaciónEditorialCentro de Capacitación Judicial ElectoralNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2011ISBNS/NPágina de la definición57 y 58
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