Protección

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Derecho ambiental
  • En la LGEEPA (art 3o, fracc XXVI) se define la protección como "el conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y controlar su deterioro". De forma similar la Ley Ambiental de la CDMX la define en el contexto ecológico como protección ecológica - no protección "a secas"- : "Es el conjunto de políticas, planes, programas, normas...

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    En la LGEEPA (art 3o, fracc XXVI) se define la protección como "el conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y controlar su deterioro". De forma similar la Ley Ambiental de la CDMX la define en el contexto ecológico como protección ecológica - no protección "a secas"- : "Es el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinadas a mejorar el ambiente y a prevenir y evitar su deterioro". 


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Derecho económico
  • Última Actualización
    05/08/2019
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