Prohibiciones implícitas de la División de Poderes
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Son mandatos prohibitivos, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dirigidos a los poderes públicos, para que respeten el principio de división de poderes, a saber: a) a la no intromisión, b) a la no dependencia y c) a la no subordinación de cualquiera de los poderes con respecto a los otros....
Son mandatos prohibitivos, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dirigidos a los poderes públicos, para que respeten el principio de división de poderes, a saber: a) a la no intromisión, b) a la no dependencia y c) a la no subordinación de cualquiera de los poderes con respecto a los otros.- PaísMéxico
- TipoControversia constitucional
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroDivisión de Poderes. Para evitar la vulneración a este principio existen prohibiciones implÃcitas referidas a la no intromisión, a la no dependencia y a la no subordinación entre los poderes públicos de las Entidades Federativas.
- ÉpocaNovena.
- InstanciaPleno.
- FuenteSemanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
- FechaSeptiembre de 2004.
- TesisP./J. 80/2004
- Registro180648
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Registrado el18/03/2019
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Última Actualización18/03/2019
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Consultas1005
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