Obligaciones conjuntivas
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Obligaciones conjuntivas son las que tienen por objeto varias prestaciones debidas conjuntamente, las que pueden ser diferentes, es decir, de dar, de hacer y de no hacer; por tanto, el deudor debe dar diversas cosas o ejecutar distintos hechos y sólo queda liberado cuando cumple en forma conjunta todas las prestaciones que debe y que son objeto...
Obligaciones conjuntivas son las que tienen por objeto varias prestaciones debidas conjuntamente, las que pueden ser diferentes, es decir, de dar, de hacer y de no hacer; por tanto, el deudor debe dar diversas cosas o ejecutar distintos hechos y sólo queda liberado cuando cumple en forma conjunta todas las prestaciones que debe y que son objeto de la obligación conjuntiva, art. 1961; ejemplo: las obligaciones derivadas del contrato de hospedaje a cargo del hotelero, quien debe ejecutar obligaciones de dar, de hacer y de no hacer, como son transmitir el uso de la habitación con baño, agua y alimentos, asear la habitación y no hacer ruido en la noche.
- Autor de la definición
- TítuloTeoría de las obligacionesAutor de la PublicaciónJoaquín Martínez Alfaro (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición13Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2013ISBN978-907-09-0999-3Página de la definición412
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