Núcleo agrario
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Artículo 3o. Para la aplicación del presente Reglamento, se considera: Núcleo agrario: El ejido o comunidad constituido legalmente mediante: Resolución agraria administrativa; Resolución jurisdiccional, o Acuerdo de voluntades, de conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley....
Artículo 3o. Para la aplicación del presente Reglamento, se considera:
- Núcleo agrario: El ejido o comunidad constituido legalmente mediante:
- Resolución agraria administrativa;
- Resolución jurisdiccional, o
- Acuerdo de voluntades, de conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1996-10-25
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Última Actualización
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Consultas6032
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