Mercancías idénticas
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Artículo 37. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
- Mercancías idénticas, los productos que sean iguales en todos sus aspectos al producto investigado,
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1993-11-30
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Artículo 72. ...Se entiende por mercancías idénticas, aquellas producidas en el mismo país que las mercancías objeto de valoración, que sean iguales en todo, incluidas sus características físicas, calidad, marca y prestigio comercial. Las pequeñas diferencias de aspecto no impedirán que se consideren como idénticas las mercancías que...
Artículo 72. ...
Se entiende por mercancías idénticas, aquellas producidas en el mismo país que las mercancías objeto de valoración, que sean iguales en todo, incluidas sus características físicas, calidad, marca y prestigio comercial. Las pequeñas diferencias de aspecto no impedirán que se consideren como idénticas las mercancías que en todo lo demás se ajusten a lo establecido en este párrafo.
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