Medidas educativas
-
Tienen como objetivo la formación de la personalidad del sujeto por medio de la instrucción, y son aplicadas principalmente a menores de edad. Los menores, al ser inimputables son impunibles, pero el no ser sujeto de pena no significa su desatención, en casos de peligrosidad, por lo que debe aplicárseles una medida de seguridad de carácter...
Tienen como objetivo la formación de la personalidad del sujeto por medio de la instrucción, y son aplicadas principalmente a menores de edad.
Los menores, al ser inimputables son impunibles, pero el no ser sujeto de pena no significa su desatención, en casos de peligrosidad, por lo que debe aplicárseles una medida de seguridad de carácter educativo, a menos que necesiten otra (terapéutica por ejemplo), o que pueda sustituirse por una medida de control.
Las instituciones más comunes en este campo son las llamadas escuela-hogar, en las que se interna al menor cuando la familia no es capaz de educarlo; pueden ser abiertas, semiabiertas o cerradas, y las hay publicas o cerradas.
- Autor de la definición
- TítuloPenologíaAutor de la PublicaciónLuis Rodríguez Manzanera (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición5Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2009ISBN978-607-09-0951-9Página de la definición139
-
Última Actualización
-
Consultas4381
-
Me gusta3