Material genético
Mostrar
-
Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
- Material genético: Todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo, que contenga unidades funcionales de herencia;
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1988-01-28
-
Última Actualización
-
Consultas1627
-
Me gusta0
Libro Destacado
Autor/a Destacado/a