Ius Sanginis
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De conformidad con el jus sanguinis se atribuye al individuo, desde su nacimiento, la nacionalidad de sus padres o sea, la nacionalidad deriva del parentesco consanguíneo. Son los vínculos de sangre los que imprimen al individuo la cualidad de nacional de un Estado.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Internacional PrivadoAutor de la PublicaciónCarlos Arellano García (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición14Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2001ISBN970-07-2926-5Página de la definición198
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