Invención
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Artículo 15. Se considera invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas.
Legislación Derogada
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1931-08-14
- ObservacionesLey Abrogada a partir del 05-11-2020 por Decreto DOF 01-07-2020
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Última Actualización
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Consultas1813
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