Institución

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Derecho administrativo
  • "Institución" significa, antes que nada, norma como regla de conducta. Pero la propia conducta humana es muy compleja. Junto a la realidad "normada" o estructura formal resultante del cumplimiento normativo hay una realidad "no normada" o estructura informal resultante de comportamientos rutinarios, creencias, sentimientos, costumbres,...

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    "Institución" significa, antes que nada, norma como regla de conducta. Pero la propia conducta humana es muy compleja. Junto a la realidad "normada" o estructura formal resultante del cumplimiento normativo hay una realidad "no normada" o estructura informal resultante de comportamientos rutinarios, creencias, sentimientos, costumbres, conocimientos aplicados, actos transitorios o permanentes individuales o de grupo, e incluso actitudes no racionales, sino instintivas, elementos todos ellos que apoyan y complementan la estructura normativa, pero están, ellos mismos, desprovistos de obligatoriedad. Además, el cumplimiento del orden jurídico puede involucrar también el de la moral, las convenciones sociales e incluso los preceptos religiosos si coinciden en sus valoraciones. El concepto de "institución" recoge todos estos elementos formales e informales.

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Derecho penal
  • Última Actualización
    19/10/2021
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