Informe previo
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En el informe previo, la autoridad responsable expresará si son ciertos o no los actos reclamados que se le atribuyen, además determinará la existencia del acto reclamado y en algunas ocasiones la cuantía del asunto que lo haya motivado. Asimismo, se pueden señalar ciertas razones en relación con la...
En el informe previo, la autoridad responsable expresará si son ciertos o no los actos reclamados que se le atribuyen, además determinará la existencia del acto reclamado y en algunas ocasiones la cuantía del asunto que lo haya motivado.
Asimismo, se pueden señalar ciertas razones en relación con la procedencia o improcedencia de la suspensión. Cuando la autoridad responsable no emita el informe correspondiente, se tendrán por ciertos los actos reclamados para el efecto de la suspensión definitiva; en tal caso, el juez de distrito le impondrá una corrección disciplinaria.
- Autor de la definición
- TítuloAmparo en materia fiscalSubtítuloControversia constitucional y acción de inconstitucionalidadAutor de la PublicaciónHugo Carrasco Iriarte (Autor/a)EditorialIURE EditoresNúmero de ediciónPrimera edición e-Book (Segunda edición impresa)Número de reimpresión2a edición impresaLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2017ISBNISBN 978-607-616-162-3Página de la definición20
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Registrado el17/10/2020
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Última Actualización17/10/2020
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