Gastos de ejecución
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El cobro de gastos de ejecución. Cuando se incoa (es decir, se instaura) el procedimiento económico-coactivo, el Fisco incurre en diversas erogaciones (honorarios de ejecutores, publicación de convocatorias, trasporte de los bienes embargados, etc.), cuyo monto debe ser cargado al causante remiso que por su incumplimiento da origen a esta...
El cobro de gastos de ejecución. Cuando se incoa (es decir, se instaura) el procedimiento económico-coactivo, el Fisco incurre en diversas erogaciones (honorarios de ejecutores, publicación de convocatorias, trasporte de los bienes embargados, etc.), cuyo monto debe ser cargado al causante remiso que por su incumplimiento da origen a esta situación, en adición a los impuestos, derechos o contribuciones especiales, recargos y multas que adeude, a fin de que la percepción de la Hacienda Pública resulte libre de esta clase de gastos, como lo está cuando el sujeto pasivo entera los tributos voluntariamente y dentro del plazo legal respectivo.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho FiscalAutor de la PublicaciónAdolfo Arrioja Vizcaíno (Autor/a)EditorialThemisNúmero de edición17Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ColecciónTextos UniversitariosISBN970-28-0182-6Página de la definición136 y 137
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