Funciones constitucionales

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Derecho constitucional
  • Denominados "funciones constitucionales" a aquellos actos y procedimientos contenidos en la Constitución que establecen las condiciones necesarias para: "? Realizar en el texto los cambios que impongan la evolución de la sociedad o los que se considere necesario hacer para el futuro. "? Fijar los alcances en la aplicación de los ...

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    Denominados "funciones constitucionales" a aquellos actos y procedimientos contenidos en la Constitución que establecen las condiciones necesarias para:

    "? Realizar en el texto los cambios que impongan la evolución de la sociedad o los que se considere necesario hacer para el futuro.

    "? Fijar los alcances en la aplicación de los preceptos constitucionales en situación de emergencia.

    "? Mantener los órganos constituidos dentro de los límites establecidos en la norma suprema, de manera que se respeten las facultades o "competencias" por ella fijados.

    "? Interpretar las normas constitucionales y asegurar su correcta aplicación.

    El objeto de las funciones es la normatividad constitucional misma.

    El desempeño de las "funciones constitucionales" se pueden confiar a órganos específicamente creados, a algunos o algunos de los "constituidos" (Legislativo, Ejecutivo, Judicial) o a órganos mixtos compuestos por cualquier combinación de los anteriores. Cuando los órganos constituidos actúan en cumplimiento de alguna de las funciones descritas, están desarrollando, además de sus funciones ordinarias de creación o aplicación del orden que les corresponda, las específicamente constitucionales que en adición se les asignan.

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